
La Generalitat Valenciana ha aprobado el Decreto 91/2026, que regula los festejos tradicionales de bous al carrer y sustituirá al actual reglamento, vigente desde 2015. La nueva normativa, publicada el 23 de junio, entrará en vigor el 1 de enero de 2027 con el objetivo de adaptar la regulación a la evolución de estos festejos durante la última década y reforzar la seguridad de participantes, espectadores e instalaciones.
Una de las principales novedades del reglamento es la incorporación de un sistema de inspecciones técnicas periódicas para los cadafals y graderíos temporales, recogido en el Anexo IX.
Estas estructuras deberán contar con un expediente técnico oficial que incluirá información sobre el diseño y cálculo estructural, el aforo permitido, los recorridos de evacuación, las instrucciones de montaje, el mantenimiento y los informes de inspección realizados.
Además, el reglamento establece los intervalos de inspección, los criterios para evaluar posibles defectos, los métodos de revisión recomendados y la obligación de instalar una placa identificativa con los datos técnicos de cada estructura. Para facilitar la adaptación, se contempla un periodo transitorio de seis años.
El Anexo I del decreto también introduce una aclaración sobre la redacción y el ámbito de responsabilidad de los informes técnicos exigidos para estos festejos, en consonancia con la Ley 14/2010 de Espectáculos Públicos y la nueva normativa autonómica.
Entre las medidas más destacadas que incorpora el Decreto 91/2026 figuran:
El nuevo Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer entrará en vigor el 1 de enero de 2027, fecha en la que quedará derogado el Decreto 31/2015. La Generalitat ha previsto distintos periodos transitorios, especialmente para la adaptación de las infraestructuras, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las nuevas exigencias técnicas y de seguridad.