Según la
Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales en su artículo 8. Apartado 4.
“La sociedad se inscribirá igualmente en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional que corresponda a su domicilio, a los efectos de su incorporación al mismo y de que éste pueda ejercer sobre aquella las competencias que le otorga el ordenamiento jurídico sobre los profesionales colegiados.
La inscripción contendrá los extremos señalados en el apartado 2 de este artículo. Cualquier cambio de socios y administradores y cualquier modificación del contrato social serán igualmente objeto de inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales.
El Registrador Mercantil comunicará de oficio al Registro de Sociedades Profesionales la práctica de las inscripciones, con el fin de que conste al Colegio la existencia de dicha sociedad y de que se proceda a recoger dichos extremos en el citado Registro Profesional.”
Por lo que para registrar una SLP en el COGITI Valencia se deberá aportar la siguiente documentación:
- Copia y original del certificado de la inscripción registral en el Registro Mercantil. Dicho certificado puede ser aportado por el colegiado o remitido por el propio Registro Mercantil.
- Copia y original de las escrituras completas de la sociedad donde aparezcan los socios profesionales y no profesionales, así como el notario autorizante.
- Hoja de inscripción cumplimentada y firmada por los socios integrantes. Descargar aquí.
- Declaración jurada por parte de los socios de no estar inhabilitados. Descargar aquí.
Cualquier ampliación de información al respecto dirígete a tramites@cogitival.es.