En España hay más de un millón de ascensores registrados, según los datos más recientes disponibles, de los cuales unos 400.000 llevan más de 30 años en servicio. Por ello, el Gobierno ha querido renovar la normativa relativa a estos y el pasado 2 de abril aprobó en Consejo de ministros, el Real Decreto 355/2024 por el que se aprueba la “Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1” conocida como ‘Ascensores’ que entrará en vigor el 1 de julio.
Se trata de unos cambios que buscan modernizar y actualizar la seguridad de los elevadores.
¿Qué novedades hay que tener en cuenta?
En primer lugar, la normativa establece que los propietarios de los nuevos ascensores o esos que se renueven, tendrán que presentar una serie de documentos ante la autoridad de su comunidad autonómica.
Entre ellos se incluyen, la ficha técnica de la instalación, el manual de funcionamiento o una declaración de conformidad con la normativa europea. También el contrato de mantenimiento actualizado, las actas de ensayo del control final, y el certificado de inspección inicial favorable.
En cuanto a los ascensores ya instalados, se requiere una revisión que asegure que se mantienen las condiciones de seguridad originales del ascensor o las actualizaciones pertinentes. Este proceso va a incluir tanto las inspecciones iniciales como las periódicas y otras adicionales para verificar su estado y funcionamiento.
También se piden implementar ciertas medidas de seguridad que deben estar presentes en todos los ascensores. Entre ellas están las mejoras en la nivelación, protecciones para evitar cierres de puertas mientras los pasajeros salen o entran, y sistemas que prevengan que la cabina se mueva inesperadamente.
También se insta a poner dispositivos que sirvan para controlar la carga, así como sistemas de comunicación con los que poder llamar a un centro de rescate si hubiera alguna emergencia.
Todo esto tendrá que estar antes del 1 de julio, y si no se cumplen las regulaciones podrán quedar fuera de servicio.